Guía para dueños de PPP: Licencias, seguros y lo que de verdad dice la ley
Legislación

Guía para dueños de PPP: Licencias, seguros y lo que de verdad dice la ley

Maria Hernández
15 de mayo de 20264 min de lectura5 lecturas

Tener un perro PPP en España implica algo más que cariño: exige cumplir una normativa estricta para evitar multas. Desde cómo obtener la licencia hasta qué documentos debes llevar encima obligatoriamente en cada paseo, te traemos la guía definitiva para que tú y tu peludo disfrutéis de la calle con total seguridad legal.

Tener un perro potencialmente peligroso en España implica cumplir una normativa concreta. No es complicado si sabes lo que se te pide, pero los errores en este tema pueden salir caros. Esta guía recoge todo lo que necesitas saber, directamente del Real Decreto 287/2002. 

¿Qué perros son PPP según la ley? 

La clasificación no depende solo de la raza. Hay tres vías por las que un perro puede ser considerado potencialmente peligroso. 

La primera es pertenecer a alguna de las ocho razas del Anexo I del Real Decreto 287/2002, incluyendo sus cruces: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. 

La segunda es cumplir las características morfológicas del Anexo II: fuerte musculatura, configuración atlética, pelo corto, perímetro torácico entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm, peso superior a 20 kg, cabeza voluminosa y mandíbulas grandes. Si un perro reúne la mayoría de estos rasgos, puede ser clasificado como PPP independientemente de su raza. 

La tercera vía es el comportamiento: cualquier perro que haya mostrado carácter marcadamente agresivo o haya protagonizado agresiones a personas o animales puede ser declarado PPP por la autoridad competente, previo informe veterinario. 

Además, cada comunidad autónoma puede ampliar este listado con razas adicionales. 

La licencia: qué es y cómo se obtiene 

La licencia administrativa es obligatoria para tener un PPP y se tramita en el ayuntamiento donde resides con el animal. Tiene una validez de cinco años y se puede renovar. 

Hay algo que mucha gente desconoce: la licencia es personal e intransferible. Esto significa que cualquier persona que saque al perro a la calle necesita la suya propia, no solo el propietario. 

Los requisitos que establece el Real Decreto son: 

El reconocimiento médico y psicotécnico evalúa visión, audición, sistema locomotor, sistema neurológico y capacidad de toma de decisiones. Los certificados tienen una vigencia de un año a efectos de tramitación. 

El seguro de responsabilidad civil 

El seguro de RC no es opcional: es un requisito previo para obtener la licencia. El Real Decreto fija la cobertura mínima en 120.000 euros para daños a terceros, tanto personales como materiales. 

No hace falta contratar una póliza específica de PPP, pero si tienes pensado utilizar el seguro de hogar, revisa bien las condiciones: muchas pólizas excluyen expresamente a perros de razas PPP o tienen coberturas insuficientes. 

Cómo pasear a un PPP: las normas exactas 

El Real Decreto 287/2002 establece las siguientes condiciones para circular por espacios públicos: 

  • Bozal apropiado para la tipología racial del animal, siempre. 

  • Correa o cadena no extensible de menos de 2 metros. 

  • La persona que conduce al perro debe llevar encima la licencia administrativa y el certificado de inscripción en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos. 

  • Una sola persona no puede llevar más de un PPP simultáneamente. 

El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones puede acarrear sanciones económicas importantes. 

Documentación: lo que llevas encima y lo que debes tener en regla 

No es lo mismo. El Real Decreto es claro en su artículo 8: en cada paseo estás obligado a llevar encima dos documentos concretos

  • Licencia administrativa PPP en vigor. 

  • Certificado de inscripción en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos. 

Además, debes tener siempre en regla la siguiente documentación, aunque no sea obligatorio portarla en cada salida: 

  • Seguro de responsabilidad civil actualizado. 

  • Cartilla veterinaria con vacunaciones al día. 

  • Identificación por microchip. 

El microchip es obligatorio para todos los perros en España. En el caso de los PPP, el Real Decreto lo recoge expresamente en su artículo 9. 

¿Qué cambia con la Ley de Bienestar Animal? 

La Ley 7/2023 ha generado mucha expectativa, pero conviene ser precisos: la clasificación PPP sigue vigente. La intención de sustituir el sistema basado en razas por evaluaciones individuales de comportamiento está recogida en la ley, pero mientras no se apruebe el reglamento de desarrollo específico, la normativa anterior continúa aplicándose sin cambios. 

 
Más allá del papel  

Cumplir con la normativa es el punto de partida, no el destino. Un perro bien socializado desde cachorro, con educación consistente y ejercicio suficiente, convive sin problemas en cualquier entorno. La ley existe para garantizar esa convivencia, no para complicar la vida a quienes ya hacen las cosas bien.  

Si tienes dudas sobre los trámites concretos de tu municipio o comunidad autónoma, lo más fiable es consultarlo directamente en tu ayuntamiento.  
  
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